Si tienes clientes en Estados Unidos, México, Argentina, Reino Unido o Suiza, la buena noticia es que en la mayoría de casos no cobras IVA español. A diferencia de los clientes de la UE, aquí no necesitas el ROI ni presentar el modelo 349. Pero hay matices según si el cliente es una empresa o un particular, y según lo que le vendas.
En resumen
- Servicios a empresas o profesionales de fuera de la UE: sin IVA. La operación se considera hecha en el país del cliente («no sujeta por reglas de localización»).
- Servicios a particulares de fuera de la UE: sin IVA en muchos servicios profesionales (consultoría, publicidad, servicios jurídicos, informáticos, traducción…) y con IVA español en el resto.
- Venta de productos que salen de la UE: exportación exenta, con el documento aduanero que lo acredite.
- Sin retención de IRPF en la factura: la retención es solo para clientes españoles.
- Puedes deducir el IVA de tus gastos igualmente.
- En el 303 las facturas van en el apartado de operaciones no sujetas (o exportaciones), no suman IVA a pagar.
- Reino Unido, Suiza, Noruega, Andorra y Canarias, Ceuta y Melilla se tratan como «fuera de la UE» a efectos de IVA.
La regla según tu cliente y lo que vendes
| Operación | ¿IVA español? | Base legal |
|---|---|---|
| Servicios a una empresa o profesional de fuera de la UE (una startup de EE. UU., una agencia mexicana) | No: operación no sujeta | Artículo 69.Uno de la Ley del IVA: los servicios a empresarios se localizan donde está el cliente |
| Servicios profesionales a un particular de fuera de la UE: consultoría, asesoría jurídica y fiscal, publicidad, servicios informáticos y de programación, traducción, procesamiento de datos, servicios electrónicos, cesión de derechos | No: operación no sujeta | Artículo 69.Dos de la Ley del IVA, que enumera estos servicios |
| Otros servicios a un particular de fuera de la UE (por ejemplo, una sesión de fisioterapia en España, un servicio que no esté en la lista anterior) | Sí, IVA español | Regla general: se localizan donde está el prestador |
| Venta de productos que se envían fuera de la UE (a una empresa o a un particular) | No: exportación exenta | Artículo 21 de la Ley del IVA. Necesitas el documento aduanero (DUA) que acredite la salida |
Excepciones que sí llevan IVA español aunque el cliente sea extranjero
- Servicios sobre inmuebles situados en España (reformas, gestión de un alquiler, arquitectura de un edificio en España).
- Restauración, catering, entradas a eventos y servicios culturales o deportivos que se prestan en España.
- Transporte de pasajeros por la parte del recorrido en España.
¿Qué territorios son «fuera de la UE» a efectos de IVA?
Además de los países de fuera de la Unión (EE. UU., Latinoamérica, Asia…), se tratan como fuera del territorio del IVA europeo Reino Unido, Suiza, Noruega, Andorra y también Canarias, Ceuta y Melilla, que tienen sus propios impuestos (IGIC e IPSI).
Cómo hacer la factura
Los datos de siempre, con estos detalles:
- Tu NIF español.
- Los datos fiscales de tu cliente en su país: nombre de la empresa, dirección y, si lo tiene, su número de identificación fiscal (en EE. UU., el EIN; en México, el RFC).
- Sin IVA y sin retención de IRPF.
- La mención que justifica la ausencia de IVA:
- Servicios: «Operación no sujeta a IVA por reglas de localización (artículo 69 de la Ley 37/1992)».
- Productos: «Exportación exenta de IVA (artículo 21 de la Ley 37/1992)».
- Importe en euros, aunque cobres en dólares u otra divisa. Puedes indicar también el importe en la divisa del cliente y el tipo de cambio usado.
Ejemplo
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Desarrollo de aplicación web para Acme Inc. (Delaware, EE. UU., EIN 12-3456789) | 4.000,00 € (≈ 4.360 USD) |
| IVA | 0,00 € — Operación no sujeta por reglas de localización (art. 69 Ley 37/1992) |
| Retención de IRPF | No aplica |
| Total | 4.000,00 € |
Puedes hacer la factura en inglés o en español (o en ambos idiomas), siempre que incluya los datos obligatorios.
Dónde se declara
| Declaración | Qué pones |
|---|---|
| Modelo 303 | Los servicios no sujetos van en el apartado de información adicional de «operaciones no sujetas por reglas de localización». Las exportaciones van en su casilla de exportaciones y operaciones asimiladas. Ninguna suma IVA a pagar |
| Modelo 349 | No se presenta: solo es para operaciones con la UE |
| Modelo 390 | El total del año en sus apartados |
| Renta y modelo 130 | Como un ingreso más de tu actividad |
¿Puedo deducir el IVA de mis gastos?
Sí. Aunque no cobres IVA a tus clientes extranjeros, puedes deducir el IVA de los gastos de tu actividad, porque esas operaciones darían derecho a deducción si se hicieran en España. Por eso, si casi todos tus clientes son de fuera de la UE, es habitual que tu 303 salga a compensar o a devolver. Te explicamos qué hacer en el 303 sale a devolver.
IRPF, retenciones del país del cliente y cobros en divisa
Tus ingresos tributan en España
Aunque no lleven IVA, las facturas a clientes extranjeros son ingresos de tu actividad: se suman en tu IRPF como cualquier otro. Como no llevan retención española, ten en cuenta que:
- Si más del 30 % de tus ingresos no llevan retención, tendrás que presentar el modelo 130 cada trimestre (pagos del 20 % de tu beneficio). Lo explicamos en modelo 130.
- Si no lo presentas, el IRPF se acumula hasta la Renta y puede salirte una cantidad grande a pagar.
¿Y si el cliente me retiene en su país?
Algunos países aplican retenciones a los pagos a extranjeros:
- EE. UU.: las empresas suelen pedirte el formulario W-8BEN para acreditar que eres residente fiscal en España. Con él, normalmente no te retienen por servicios prestados desde España, gracias al convenio entre los dos países. Si no lo entregas, podrían retenerte hasta un 30 %.
- Latinoamérica: algunos países (como México, Colombia o Argentina) pueden aplicar retenciones a servicios pagados al exterior. Revisa el convenio para evitar la doble imposición entre España y ese país y pide al cliente el certificado de la retención.
- Si te retienen, en tu Renta puedes aplicar la deducción por doble imposición internacional, con los límites que marque la ley y el convenio. Guárdate todos los justificantes.
Cobros en dólares u otras divisas
- Factura en euros (o indica el contravalor en euros) usando un tipo de cambio razonable, por ejemplo el del Banco Central Europeo del día de la factura.
- La diferencia de cambio entre la factura y el cobro real es un pequeño ingreso o gasto de tu actividad.
- Compara comisiones: las transferencias internacionales tradicionales pueden ser caras. Hay cuentas y pasarelas para autónomos con cuentas en dólares y comisiones de cambio bajas.
Errores frecuentes
- Cobrar IVA español a una empresa de fuera de la UE. Encareces tu precio sin necesidad y tu cliente no podrá recuperarlo.
- No cobrar IVA a un particular cuando el servicio no está en la lista del artículo 69.Dos (por ejemplo, un servicio presencial en España).
- Aplicar retención de IRPF en la factura.
- No declarar estas facturas en el 303 porque «no llevan IVA»: se informan en su apartado.
- Presentar el 349 por clientes de fuera de la UE: no corresponde.
- Olvidar el modelo 130 cuando la mayoría de tus ingresos no llevan retención.
- No entregar el W-8BEN a clientes de EE. UU. y sufrir una retención innecesaria.
- Tratar a Reino Unido o Canarias como si fueran UE.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que darme de alta en algo para facturar a clientes de fuera de la UE? No. A diferencia de los clientes de la UE, no necesitas el ROI.
¿Cómo sé si mi cliente es una empresa? Pide sus datos fiscales (número de identificación de su país) y guárdalos junto con el contrato o el correo del encargo. Si factura a través de una empresa, es un cliente empresarial.
Vendo cursos online a particulares de EE. UU., ¿les cobro IVA? Los servicios electrónicos prestados a particulares de fuera de la UE no están sujetos al IVA español. Ojo, porque algunos países tienen sus propios impuestos para servicios digitales: revisa si te afectan si tus ventas son grandes.
¿Y si cobro a través de una plataforma como Upwork o Fiverr? Depende de quién te pague: si es la plataforma (una empresa), aplica la regla de la empresa donde esté establecida; si la plataforma solo intermedia, mira quién es el cliente final. Revisa sus condiciones fiscales o consulta a tu asesor.
¿Tengo que presentar el modelo 303 si solo tengo clientes extranjeros? Sí. Mientras estés de alta en el IVA, presentas el 303 cada trimestre, aunque todas tus operaciones sean no sujetas.
¿Canarias es «fuera de la UE»? A efectos de IVA, sí: Canarias no aplica el IVA, sino el IGIC. Los servicios a empresas canarias no llevan IVA español.
Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento de un profesional. Para retenciones en otros países, consulta el convenio de doble imposición correspondiente. Última revisión: 27 de octubre de 2026.
