Plan de pensiones del autónomo: cuánto puedes desgravar

Los autónomos cobran una pensión pública que suele ser más baja que la de un asalariado, y el plan de pensiones es una de las pocas herramientas que permiten ahorrar para la jubilación pagando menos IRPF hoy. Desde 2023, además, los autónomos tienen un límite propio bastante más alto que el resto: hasta 5.750 € al año.

En resumen

  • Plan individual: hasta 1.500 € al año, como cualquier contribuyente.
  • Plan de empleo simplificado para autónomos: hasta 4.250 € más.
  • En total: hasta 5.750 € al año, con el límite del 30 % de tus rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.
  • Ahorro: tu tipo marginal. Con 5.750 € aportados, entre unos 1.000 y 2.600 € menos de IRPF, según lo que ganes.
  • Plazo: la aportación tiene que estar hecha antes del 31 de diciembre para contar ese año.
  • Ojo: al rescatarlo pagarás IRPF por todo lo cobrado. Es un aplazamiento del impuesto, no una exención.

Cuánto puedes aportar y desgravar

Tipo de planLímite anualQuién lo ofrece
Plan de pensiones individual (PPI)1.500 €Bancos y gestoras, para cualquier persona
Plan de pensiones de empleo simplificado para autónomos (PPES)4.250 € adicionalesGestoras que tienen planes promovidos para trabajadores por cuenta propia (algunas asociaciones de autónomos y colegios profesionales los promueven)
Total para un autónomo5.750 €Combinando los dos

Además, la reducción tiene un segundo límite: el 30 % de la suma de tus rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas del año. Si tu rendimiento neto es de 15.000 €, como mucho podrás reducir 4.500 € ese año.

Otros límites que te pueden interesar

  • Plan del cónyuge: puedes aportar hasta 1.000 € al plan de tu cónyuge y desgravártelos tú, si sus rendimientos del trabajo y de actividades son inferiores a 8.000 € al año.
  • Personas con discapacidad: límites mucho más altos (hasta 24.250 € al año en sistemas de previsión social para personas con discapacidad).
  • Excesos: si aportas más de lo que puedes reducir por el límite del 30 % o por falta de base, el exceso se puede aplicar en los cinco años siguientes. Lo que superes del límite absoluto (los 5.750 €) no se recupera.

¿Y las mutualidades alternativas?

Si eres abogado, arquitecto u otro profesional que cotiza a una mutualidad alternativa en lugar del RETA, tus cuotas a la mutualidad se deducen como gasto de la actividad hasta cierto límite, y por encima pueden reducir la base como un plan de pensiones. Es un caso particular: revísalo con tu asesor.

Cuánto ahorras en IRPF

La aportación reduce tu base imponible, así que el ahorro depende de tu tipo marginal: cuanto más ganes, más desgrava cada euro.

Rendimiento neto del añoAhorro aportando 1.500 €Ahorro aportando 5.750 €
15.000 €~360 €~980 € (solo deduce 4.500 € por el límite del 30 %)
20.000 €~360 €~1.380 €
30.000 €~450 €~1.725 €
45.000 €~555 €~2.130 €
60.000 €~555 €~2.130 €
80.000 €~675 €~2.590 €

Escala general del IRPF, contribuyente soltero sin hijos y sin otros ingresos. Tu comunidad autónoma puede cambiar ligeramente el resultado.

Ejemplo: Laura

Laura, la diseñadora, tiene en 2027 un rendimiento neto de unos 30.000 €. Si aporta 1.500 € a un plan individual y 4.250 € a un plan de empleo para autónomos antes del 31 de diciembre:

  • Su base imponible baja de 30.000 € a 24.250 €.
  • Su IRPF baja en unos 1.725 €.
  • Es como si el Estado le pusiera el 30 % de lo que ahorra.

Ese ahorro lo verá en la Renta de 2027 (que presentará en 2028): le saldrá más a devolver o menos a pagar.

Lo que conviene saber antes de contratarlo

Al cobrarlo, pagas IRPF por todo

Cuando rescatas el plan, todo lo que cobras (lo que aportaste más la rentabilidad) tributa como rendimiento del trabajo en tu IRPF. El plan no elimina el impuesto: lo aplaza. Te compensa si:

  • Hoy tributas a un tipo marginal alto (30 % o 37 %) y en la jubilación esperas tributar a uno más bajo.
  • Rescatas el plan poco a poco (en forma de renta, a lo largo de varios años) para no saltar de tramo.
  • Mientras tanto, el dinero que te ahorras en impuestos y la rentabilidad del plan crecen.

Si lo rescatas todo de golpe el año en que te jubilas, puedes acabar pagando más de lo que te ahorraste.

Aportaciones anteriores a 2007: si cobras en forma de capital la parte aportada antes de 2007, tiene una reducción del 40 %, siempre que lo rescates dentro de un plazo desde la jubilación. Para la mayoría de autónomos jóvenes no aplica.

Cuándo puedes sacar el dinero

Situación¿Puedes rescatar?
Jubilación, incapacidad permanente, dependencia o fallecimientoSí
Enfermedad grave o desempleo de larga duraciónSí, como supuestos excepcionales
Aportaciones con más de 10 años de antigüedad (de 2015 en adelante)Sí, desde 2025
Cese de actividad del autónomoPuede encajar en algunos supuestos excepcionales; consulta el reglamento del plan
Cualquier otra necesidad (comprar casa, una urgencia)No

Por eso el plan de pensiones no sirve como colchón de emergencia. Primero ten un fondo de reserva para tu negocio; después, el plan.

Comisiones

Las comisiones de gestión y depósito están limitadas por ley, pero varían mucho entre planes. Los planes de empleo suelen tener comisiones bastante más bajas que los individuales de los bancos. Compara antes de elegir: a 20 o 30 años, un punto de comisión se come una parte importante del ahorro.

Cómo hacerlo paso a paso

  1. Calcula cuánto te conviene aportar. Mira tu rendimiento neto previsto del año: el límite es el menor entre 5.750 € y el 30 % de tus rendimientos. No aportes dinero que puedas necesitar a corto plazo.
  2. Abre un plan individual (hasta 1.500 €) en tu banco o en una gestora independiente. Compara comisiones y política de inversión.
  3. Busca un plan de empleo simplificado para autónomos (hasta 4.250 € más). Pregunta en tu asociación de autónomos, colegio profesional o gestoras que los ofrezcan. Tienes que adherirte como trabajador por cuenta propia.
  4. Aporta antes del 31 de diciembre. Mejor unos días antes: algunas entidades necesitan tiempo para procesar la aportación y que conste en ese año. También puedes hacer aportaciones periódicas cada mes.
  5. Guarda el certificado de aportaciones que te envía la gestora a principios de año.

Cómo se declara en la Renta

  • Las aportaciones aparecen normalmente en tus datos fiscales de Renta Web, porque las gestoras las comunican a Hacienda.
  • Van en el apartado de reducciones de la base imponible por aportaciones a sistemas de previsión social, separando las del plan individual y las del plan de empleo.
  • Comprueba que el programa aplica bien los límites y, si te sobra algo por el límite del 30 %, que lo anota para los años siguientes.

No va en el modelo 130. La aportación no es un gasto de la actividad, sino una reducción personal: el ahorro se nota solo en la Renta.

Errores frecuentes

  1. Aportar 5.750 € a un plan individual. Solo desgravan 1.500 €; los otros 4.250 € tienen que ir a un plan de empleo para autónomos.
  2. Aportar el 31 de diciembre y que la gestora la registre en enero.
  3. Pensar que es dinero libre de impuestos. Al rescatarlo tributa.
  4. Rescatarlo todo de golpe al jubilarte sin hacer números.
  5. Usarlo como ahorro para emergencias. No se puede sacar cuando quieras.
  6. Aportar más del 30 % de tu rendimiento esperando desgravarlo todo ese año.
  7. No comparar comisiones. Pueden suponer miles de euros a largo plazo.

Preguntas frecuentes

¿Puedo tener varios planes a la vez? Sí, pero el límite de 1.500 € en planes individuales es conjunto para todos ellos. Lo mismo con los 4.250 € de planes de empleo.

Soy autónomo y también asalariado. ¿Qué límites tengo? Como asalariado, tu empresa puede aportar a un plan de empleo y tú añadir aportaciones propias hasta ciertos límites. Como autónomo, tienes el plan de empleo simplificado para autónomos. El máximo conjunto de los planes de empleo y el individual tiene un tope global; revisa tu caso con tu asesor.

¿Me conviene si gano poco? Con rendimientos bajos (por debajo de 15.000–20.000 €) el ahorro es pequeño (19–24 %) y quizá te interese más tener liquidez. Con rendimientos altos, es de las pocas deducciones importantes que tiene un autónomo.

¿Qué pasa si un año no aporto? Nada. Las aportaciones son voluntarias; simplemente no tendrás la reducción ese año.

¿Y si cambio de plan? Puedes traspasar tu dinero de un plan a otro sin pagar impuestos, siempre que lo hagas mediante un traspaso (no rescatando y volviendo a aportar).

¿Puedo desgravar las aportaciones de una SL a mi plan? Es otro caso: si eres administrador o socio de una SL, la sociedad puede hacer contribuciones a un plan de empleo con su propio tratamiento. Lo vemos en el artículo de autónomo societario.


Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento de un profesional ni constituye una recomendación de inversión. Los límites de aportación y la fiscalidad de los planes de pensiones pueden cambiar: comprueba siempre la información vigente en la web de la Agencia Tributaria y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones antes de decidir. Última revisión: 27 de octubre de 2026.

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