Modelo 036 o 037: cuál presentar y cómo rellenarlo casilla a casilla (2027)

Respuesta rápida: tienes que presentar el modelo 036. El modelo 037 ya no existe: Hacienda lo suprimió con la Orden HAC/1526/2024 y, desde el 3 de febrero de 2025, todas las altas, modificaciones y bajas de autónomos se hacen con el 036 (Agencia Tributaria). Si un tutorial o un asesor te dice que presentes el 037, esa información está desactualizada.

La buena noticia: aunque el 036 tiene 10 páginas, un autónomo normal solo rellena 5 o 6, y el formulario online de Hacienda te va guiando. En esta guía te explicamos qué poner en cada apartado con un ejemplo real.

En resumen

  • Modelo a presentar: 036 (el 037 se eliminó en 2025).
  • Cuándo: antes de empezar la actividad.
  • Dónde: solo online, en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
  • Páginas que te tocan: 1, 2A, 4, 5 (IVA), 6 (IRPF) y, solo si pagas alquiler de local o nóminas, la 7.
  • Casilla clave del alta: la 111, «Alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores».
  • Coste: gratis.

¿Qué diferencia había entre el 036 y el 037?

El 037 era una versión simplificada de dos páginas para autónomos con una situación sencilla; el 036 era el modelo completo para todos los casos. Hacienda eliminó el 037 porque los asistentes del propio 036 ya ofrecen esa simplificación. Si te diste de alta con el 037 antes de 2025, tu alta sigue siendo válida: solo tendrás que usar el 036 para cualquier cambio o para la baja.

Antes de empezar

Ten a mano:

  • Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
  • Tu actividad descrita en una frase («diseño gráfico para empresas», «reformas y fontanería») para buscar el epígrafe del IAE.
  • Fecha de inicio de la actividad.
  • Dirección donde trabajarás, si no es tu domicilio, y su referencia catastral si es un local.
  • Si vas a tener clientes en otros países de la UE, porque hay que pedir una casilla extra.

Cómo acceder: Sede electrónica de la Agencia Tributaria → Todos los trámites → Censos, NIF y domicilio fiscal → Modelo 036. Elige «Presentación» y el sistema cargará tus datos personales automáticamente.

Qué páginas tienes que rellenar

PáginaContenido¿La rellena un autónomo?
1Identificación y causa de presentaciónSí, siempre
2ADatos de personas físicasSí
2B / 2CDatos de sociedades y entidadesNo
3RepresentantesSolo si lo presenta otra persona por ti
4Actividades y localesSí
5IVASí
6IRPFSí
7Retenciones e ingresos a cuentaSolo si pagas nóminas, alquiler de local o facturas con retención a otros profesionales
8 y 9Socios, regímenes especiales, otros impuestosNo, normalmente
10Titularidad realSí, en el alta (si trabajas solo, eres tú)

Un consejo: rellena el modelo con calma y usa el botón «Validar» antes de firmar. El programa te avisa de los errores de casillas incompatibles antes de presentarlo.

Página 1: causa de presentación

Aquí le dices a Hacienda por qué presentas el modelo.

  • Casilla 111 — Alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores. Es la que marcas para tu primera alta como autónomo o para volver a darte de alta tras una baja.
  • Casilla 130 — Alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI). Márcala solo si vas a comprar o vender servicios o bienes a empresas de otros países de la UE (por ejemplo, si eres programador y facturas a una empresa alemana, o compras material a un proveedor francés). Sin estar en el ROI, tus facturas a clientes europeos no podrán ir sin IVA.
  • Fecha de efecto: el día en que empiezas la actividad. Debe coincidir con la fecha de alta que pongas en la Seguridad Social.
  • No marques las casillas de modificación ni de baja: son para cambios posteriores.

Al final de esta página van el lugar, la fecha y la firma, que se completan al presentar online.

Página 2A: datos de la persona física

Casi todo aparece ya relleno con tus datos de Hacienda. Revisa:

  • Casilla A1 — Residencia fiscal en España: marca «Sí» si vives en España más de 183 días al año (lo normal).
  • Domicilio fiscal: donde vives. Si el que aparece está desactualizado, corrígelo aquí.
  • Domicilio a efectos de notificaciones: solo si quieres recibir las cartas de Hacienda en otra dirección.
  • Teléfono y correo electrónico: pon unos que consultes. Hacienda los usa para avisos.

Página 4: actividades y locales

Es la página más importante del modelo, porque define qué haces y desde dónde.

Actividad:

  1. Descripción: escribe tu actividad en palabras sencillas («Servicios de diseño gráfico»).
  2. Tipo de actividad: empresarial, profesional o artística. Si tu trabajo requiere una formación o titulación específica (abogado, psicólogo, diseñador, programador, arquitecto…), suele ser profesional. Comercio, hostelería y oficios suelen ser empresariales.
  3. Epígrafe del IAE: usa el buscador de actividades de Hacienda escribiendo tu actividad y elige el código que mejor la describa. Puedes darte de alta en varios epígrafes si haces varias cosas.
  4. Fecha de inicio de esta actividad concreta.
  5. Exención del IAE: como persona física estás exento de pagarlo; el programa lo aplica automáticamente.

Lugar de realización:

  • Si trabajas en tu casa: indica tu vivienda como lugar de la actividad y, si quieres deducirte parte de los gastos (luz, internet, IBI), señala que está afecta parcialmente e indica el porcentaje de superficie que usas para trabajar (por ejemplo, un despacho de 10 m² en un piso de 80 m² = 12,5 %).
  • Si tienes un local u oficina: su dirección, la referencia catastral (aparece en el recibo del IBI o en la Sede del Catastro) y la superficie.
  • Si no tienes un lugar fijo (por ejemplo, un electricista que trabaja en casa de los clientes): indícalo en el apartado de actividades sin local determinado.

Página 5: IVA

Aquí decides cómo vas a funcionar con el IVA. Elige solo una de estas situaciones:

Tu casoQué marcarQué implica
La mayoría de autónomos (servicios, oficios, freelance)Régimen generalCobras IVA en tus facturas y presentas el modelo 303 cada trimestre y el 390 cada año
Tienda que vende a consumidores sin transformar el productoRecargo de equivalenciaTus proveedores te cobran un recargo extra y tú no presentas el 303 por esa actividad
Actividad exenta (sanidad, enseñanza reglada, algunos seguros y servicios financieros)Operaciones exentas e indica el motivo de la exenciónNo cobras IVA ni presentas el 303 si toda tu actividad está exenta
Quieres pagar el IVA cuando cobres, no cuando facturesRégimen especial del criterio de caja (opcional)Útil si tus clientes pagan tarde; exige más control
Vendes servicios digitales o cursos a particulares de otros países de la UEAlta en el régimen de ventanilla única (OSS)Declaras el IVA de esos países desde España

Deja sin marcar el SII, la prorrata y el REDEME: son para empresas grandes o casos especiales.

Página 6: IRPF

  • Método de estimación: marca estimación directa simplificada, la de casi todos los autónomos. La estimación directa normal es para quienes facturan más de 600.000 € al año, y la estimación objetiva (módulos) solo está disponible para algunas actividades concretas (determinados oficios, comercios, transporte, hostelería).
  • Pagos fraccionados (modelo 130): marca que estás obligado, salvo que seas profesional y al menos el 70 % de tus ingresos del año anterior lleven retención de IRPF en factura. Si empiezas y prevés que casi todos tus clientes serán empresas que te retienen, consulta nuestra guía ¿estoy obligado a presentar el 130?.

Página 7: retenciones e ingresos a cuenta

Sáltala si trabajas solo, sin local alquilado. Rellénala si:

  • Vas a contratar trabajadores o pagar a otros profesionales con retención → obligación de presentar el modelo 111.
  • Alquilas un local u oficina a un particular o empresa (no tu vivienda) → obligación de presentar el modelo 115.

Página 10: titularidad real

Desde 2025 el alta incluye esta página. Si trabajas por tu cuenta y nadie más controla tu negocio, el titular real eres tú: indícalo con tus datos.

Firma y presentación

  1. Pulsa Validar y corrige los avisos que aparezcan.
  2. Pulsa Firmar y enviar con tu certificado, DNI electrónico o Cl@ve.
  3. Descarga el justificante en PDF y guárdalo: es tu «certificado» de alta en Hacienda y te lo pedirán bancos, clientes y la Seguridad Social.

El siguiente paso es el alta en la Seguridad Social. Te lo explicamos en la guía cómo darse de alta como autónomo.

Ejemplo práctico: alta de un programador freelance

Situación: Carlos es programador, vive en Valencia y empieza a trabajar como autónomo el 1 de marzo de 2027. Trabaja desde casa (usa una habitación de 12 m² en un piso de 80 m²). El 60 % de su facturación será a empresas españolas y el 40 % a una empresa de Alemania.

PáginaQué marca o rellena CarlosPor qué
1Casilla 111 (alta en el censo) y casilla 130 (alta en el ROI). Fecha de efecto: 01/03/2027Primera alta, y tendrá un cliente en otro país de la UE
2ACasilla A1: residente en España. Revisa domicilio, teléfono y emailSus datos personales ya aparecen cargados
4Actividad profesional; epígrafe del IAE de programadores y analistas de informática; inicio 01/03/2027; vivienda afecta al 15 % (12 m² de 80 m²)Definir la actividad y poder deducir parte de los gastos de casa
5Régimen general de IVACobrará un 21 % de IVA a sus clientes españoles; al cliente alemán le facturará sin IVA (inversión del sujeto pasivo) gracias al ROI
6Estimación directa simplificada; obligado a pagos fraccionados (modelo 130)Solo el 60 % de sus ingresos llevará retención, menos del 70 % que exime del 130
7No la rellenaNo tiene trabajadores ni local alquilado
10Él mismo como titular realTrabaja solo

Resultado: cada trimestre Carlos presentará el modelo 303 (IVA), el 130 (IRPF) y el 349 (operaciones con la UE). Como es su primera actividad profesional, podrá aplicar una retención del 7 % en las facturas a empresas españolas durante sus tres primeros años.

Errores frecuentes al rellenar el 036

  1. Buscar el modelo 037. Ya no existe; todo se hace con el 036.
  2. Poner una fecha de inicio distinta a la de la Seguridad Social. Provoca requerimientos y problemas con la tarifa plana.
  3. Elegir actividad empresarial siendo profesional (o al revés). Cambia si tus clientes deben retenerte IRPF.
  4. Olvidar el ROI y facturar con IVA a clientes de la UE que no deberían pagarlo, o sin IVA cuando no estás autorizado.
  5. No indicar el porcentaje de la vivienda afecta y luego intentar deducir gastos de casa.
  6. Marcar la página 7 sin necesidad y quedar obligado a presentar modelos 111 o 115 a cero cada trimestre.
  7. No guardar el justificante del alta.

Cuándo volver a presentar el 036: modificaciones y baja

  • Modificación: cuando cambie algo de lo declarado (domicilio, nueva actividad, alta en el ROI, local alquilado, cambio de régimen de IVA). Plazo general: un mes desde el cambio.
  • Baja: cuando dejes la actividad. Plazo: un mes desde el cese. Recuerda darte de baja también en la Seguridad Social.

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar el modelo 036 en papel? Para la mayoría de autónomos la presentación es online, en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria. Si no tienes certificado ni Cl@ve, pide cita en una oficina de Hacienda y te ayudarán a tramitarlo.

¿Cuánto tarda Hacienda en darme de alta? El alta queda registrada en el momento en que presentas el modelo online. No hay que esperar ninguna resolución.

¿Me di de alta con el 037: tengo que hacer algo? No. Tu alta sigue siendo válida. Solo tendrás que usar el 036 la próxima vez que modifiques algo o te des de baja.

¿Qué pasa si me equivoco de epígrafe? Presenta un 036 de modificación corrigiendo la actividad. Si el error afectaba al IVA o a las retenciones de facturas ya emitidas, puede que tengas que rectificarlas.

¿El modelo 036 me da de alta en la Seguridad Social? No. Son trámites separados. Después del 036 debes darte de alta en el RETA a través de Import@ss.

¿Tengo que pagar el IAE? No, los autónomos personas físicas están exentos. Pero sí tienes que indicar tu epígrafe en el 036.


Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento de un profesional. Comprueba siempre las instrucciones vigentes del modelo en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria. Última revisión: 25 de octubre de 2026.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio