El modelo 303 es la declaración trimestral del IVA. En él le cuentas a Hacienda cuánto IVA has cobrado a tus clientes y cuánto has pagado en tus compras, y le ingresas la diferencia. Parece complicado la primera vez, pero para la mayoría de autónomos se reduce a unas pocas casillas. En esta guía lo rellenamos con un ejemplo real, casilla a casilla.
En resumen
- Quién lo presenta: todos los autónomos que cobran IVA (régimen general), aunque no hayan facturado nada en el trimestre.
- Cuándo: del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero.
- La fórmula: IVA que has cobrado (devengado) − IVA que has pagado en gastos de tu actividad (deducible) = resultado.
- Casillas clave: 01–09 (lo que facturas), 28–29 (tus gastos), 46 (resultado) y 71 (resultado final).
- Si sale a pagar: lo ingresas. Si sale negativo: lo compensas en los siguientes trimestres o, en el cuarto, pides la devolución.
- Dónde: en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, con certificado digital o Cl@ve.
Antes de empezar
Plazos del modelo 303
| Trimestre | Periodo | Plazo de presentación | Si lo domicilias |
|---|---|---|---|
| 1T | Enero – marzo | 1 – 20 de abril | Hasta el 15 de abril |
| 2T | Abril – junio | 1 – 20 de julio | Hasta el 15 de julio |
| 3T | Julio – septiembre | 1 – 20 de octubre | Hasta el 15 de octubre |
| 4T | Octubre – diciembre | 1 – 30 de enero | Hasta el 25 de enero |
Si el último día cae en fin de semana o festivo, el plazo pasa al siguiente día hábil.
Qué necesitas
- Tus facturas emitidas del trimestre (con su base, tipo de IVA y cuota).
- Tus facturas de gastos de la actividad, a tu nombre y con tu NIF. Los tickets simples, en general, no sirven para deducir el IVA.
- El resultado del trimestre anterior, por si te quedó IVA a compensar.
- Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
Si llevas tus libros en un programa de facturación, normalmente te calcula los importes de cada casilla automáticamente.
Dónde se presenta
Sede electrónica de la Agencia Tributaria → Todos los trámites → IVA → Modelo 303. Elige «Presentación» y el formulario web te irá guiando.
El ejemplo: el primer trimestre de Laura
Laura es diseñadora gráfica autónoma, en régimen general de IVA. Estos son sus datos del primer trimestre de 2027:
Facturas emitidas
| Cliente | Base | IVA | Observaciones |
|---|---|---|---|
| Empresa española A | 3.500,00 € | 735,00 € (21 %) | Con retención de IRPF (no afecta al 303) |
| Empresa española B | 2.500,00 € | 525,00 € (21 %) | Con retención de IRPF |
| Empresa alemana C | 1.500,00 € | 0 € | Cliente de la UE con NIF-IVA: factura sin IVA (inversión del sujeto pasivo) |
| Total | 7.500,00 € | 1.260,00 € |
Facturas de gastos
| Gasto | Base | IVA |
|---|---|---|
| Ordenador nuevo | 1.200,00 € | 252,00 € |
| Gestoría (3 meses) | 120,00 € | 25,20 € |
| Material de oficina | 80,00 € | 16,80 € |
| Móvil e internet (50 % afecto a la actividad) | 50,00 € | 10,50 € |
| Total gastos en España | 1.450,00 € | 304,50 € |
| Suscripción de software a una empresa irlandesa (sin IVA en factura) | 180,00 € | Autoliquida 37,80 € (ver abajo) |
Ojo: la retención de IRPF de las facturas no tiene nada que ver con el 303. Va al modelo 130 y a la Renta. En el 303 solo cuenta el IVA.
Paso a paso: cómo lo rellena Laura
Paso 1: identificación
Ejercicio 2027, periodo 1T. Tus datos personales aparecen cargados. Indica que no estás en el régimen de devolución mensual (REDEME) ni en otros regímenes especiales, salvo que sea tu caso.
Paso 2: IVA devengado (lo que has cobrado)
| Casillas | Concepto | Laura |
|---|---|---|
| 01 – 03 | Operaciones al 4 % (base, tipo, cuota) | — |
| 04 – 06 | Operaciones al 10 % | — |
| 07 – 09 | Operaciones al 21 % | Base 6.000,00 €, cuota 1.260,00 € |
| Adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios | Compras a empresas de la UE sin IVA en factura: autoliquidas su IVA | Base 180,00 €, cuota 37,80 € |
| 27 | Total cuota devengada | 1.297,80 € |
La factura al cliente alemán no va aquí: no lleva IVA español. Se informa en el apartado de información adicional (paso 4).
Paso 3: IVA deducible (lo que has pagado)
| Casillas | Concepto | Laura |
|---|---|---|
| 28 – 29 | Cuotas soportadas en operaciones interiores corrientes | Base 1.450,00 €, cuota 304,50 € |
| 30 – 31 | Bienes de inversión (bienes de más de 3.005,06 € que duran más de un año) | — (su ordenador cuesta menos, va en 28–29) |
| Adquisiciones intracomunitarias corrientes | El IVA autoliquidado de la suscripción irlandesa también se deduce | Base 180,00 €, cuota 37,80 € |
| 45 | Total a deducir | 342,30 € |
Paso 4: información adicional
- Casilla 59, entregas intracomunitarias de bienes y servicios: aquí va la factura al cliente alemán, 1.500,00 €. (Además, Laura tendrá que presentar el modelo 349 de operaciones intracomunitarias.)
- Operaciones no sujetas por reglas de localización: aquí irían los servicios prestados a empresas de fuera de la UE (por ejemplo, de EE. UU.).
Paso 5: resultado
| Casillas | Concepto | Laura |
|---|---|---|
| 46 | Resultado régimen general (27 − 45) | 1.297,80 − 342,30 = 955,50 € |
| Cuotas a compensar de periodos anteriores | IVA negativo de trimestres anteriores que aún no has usado | 0 € |
| 71 | Resultado de la liquidación | 955,50 € a ingresar |
Paso 6: presentar y pagar
Elige la forma de pago: domiciliación (si presentas antes del día 15, o del 25 en enero), cargo en cuenta con NRC del banco o reconocimiento de deuda si vas a pedir un aplazamiento. Firma, presenta y descarga el justificante.
Laura ingresará 955,50 €. Fíjate en que es menos de lo que cobró de IVA (1.260 €): la diferencia es el IVA de sus gastos, que recupera.
Casos especiales
| Situación | Qué hacer en el 303 |
|---|---|
| No has facturado nada | Preséntalo igualmente marcando sin actividad o con todo a cero (y, si tienes gastos, puedes deducir su IVA) |
| El resultado sale negativo en el 1T, 2T o 3T | Queda a compensar en los trimestres siguientes |
| El resultado sale negativo en el 4T | Puedes pedir la devolución o dejarlo a compensar el año siguiente |
| Tienes IVA a compensar de un trimestre anterior | Inclúyelo en el apartado de cuotas a compensar de periodos previos para reducir el resultado |
| Facturas a empresas de la UE | Sin IVA, en la casilla 59, y presenta el modelo 349 |
| Facturas a clientes de fuera de la UE | Sin IVA español, en el apartado de operaciones no sujetas por reglas de localización |
| Compras a empresas de la UE (software, publicidad en redes, materiales) | Autoliquidas el IVA: lo declaras como devengado y como deducible a la vez. El efecto neto es cero si tienes derecho a deducir todo |
| Te has equivocado en un 303 ya presentado | Si pagaste de menos, presenta una complementaria; si pagaste de más, una rectificación de autoliquidación |
| Actividad exenta de IVA (algunas sanitarias o educativas) | Si toda tu actividad es exenta, normalmente no presentas el 303 |
Lo explicamos con más detalle en IVA a clientes de la UE, IVA a clientes de fuera de la UE y qué hacer si el 303 sale a devolver.
Errores frecuentes
- No presentarlo si no has facturado: es obligatorio presentarlo a cero, y no hacerlo genera una sanción.
- Deducir el IVA de tickets en lugar de facturas completas a tu nombre.
- Deducir gastos personales o el 100 % de gastos de uso mixto (móvil, coche, internet).
- Meter la retención de IRPF en el cálculo del IVA.
- Cobrar IVA a clientes de la UE que tienen NIF-IVA válido (o no cobrarlo a quien sí debes).
- Olvidar el IVA a compensar de trimestres anteriores.
- No cuadrar el 303 con el 390 (resumen anual): las cifras de los cuatro trimestres tienen que coincidir con el resumen de enero.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que presentar el 303 si no he facturado nada? Sí. Mientras estés dado de alta en el régimen general de IVA, se presenta cada trimestre aunque sea a cero.
¿Qué pasa si lo presento tarde? Si sale a ingresar, pagarás un recargo que empieza en el 1 % y aumenta con cada mes de retraso, más intereses a partir del año. Si sale a cero o a compensar y lo presentas tarde sin requerimiento, puede haber una multa fija pequeña. Si te lo requiere Hacienda, la sanción es mayor.
¿Puedo deducir el IVA de cualquier gasto? Solo de los gastos relacionados con tu actividad, con factura completa a tu nombre y anotados en tus libros. Algunos, como las comidas o los regalos, tienen restricciones.
¿Puedo pagar el 303 a plazos? Sí, puedes pedir un aplazamiento o fraccionamiento al presentarlo, eligiendo «reconocimiento de deuda». Pagarás intereses de demora.
¿El IVA se paga cuando facturo o cuando cobro? En general, cuando facturas (aunque el cliente no te haya pagado). Si quieres pagarlo cuando cobres, existe el régimen especial del criterio de caja, que se elige en el modelo 036.
¿Hay alguna forma de que Hacienda me lo rellene? Si usas un programa de facturación, normalmente te prepara el 303 con tus datos. Hacienda también ofrece ayudas para cumplimentarlo en el formulario web.
Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento de un profesional. Comprueba siempre las casillas en el formulario vigente de la Agencia Tributaria. Última revisión: 26 de octubre de 2026.
