Te equivocaste en el NIF del cliente, aplicaste un IVA que no tocaba, el cliente te devolvió parte del pedido o le hiciste un descuento después de facturar. En todos estos casos la solución es la misma: una factura rectificativa. Lo que nunca debes hacer es borrar la factura original, editar el PDF o reutilizar su número.
En resumen
- Cuándo: cuando la factura original tiene un error o falta un dato obligatorio, o cuando cambia el importe después (devoluciones, descuentos, impagos con requisitos).
- Qué debe incluir: la mención «Factura rectificativa», una serie propia, el número y la fecha de la factura original y el motivo.
- Dos formas: por diferencias (solo el importe que cambia, en positivo o negativo) o por sustitución (anula la original y la reemplaza entera).
- Plazo: en cuanto detectes el error, y como máximo dentro de los 4 años siguientes.
- IVA: en general, se declara en el 303 del trimestre en que emites la rectificativa.
Cuándo hay que hacer una factura rectificativa
El Reglamento de facturación (artículo 15) obliga a emitir una factura rectificativa en dos grupos de casos:
1. La factura original tiene un error
- Datos del cliente o tuyos mal puestos: NIF, nombre, domicilio.
- Tipo de IVA equivocado (por ejemplo, 21 % en lugar de 10 %).
- IVA cobrado a quien no correspondía (un cliente empresa de la UE con NIF-IVA válido).
- Falta una mención obligatoria (inversión del sujeto pasivo, exención).
- Importe o descripción incorrectos.
2. Cambia el importe después de facturar
- Devolución de productos o envases.
- Descuentos o bonificaciones concedidos después de la factura (por volumen, por pronto pago, rappels).
- Anulación total o parcial de la operación.
- Impago, si se cumplen los requisitos de créditos incobrables o el cliente entra en concurso.
Cuándo no hace falta
- Erratas sin trascendencia fiscal (una palabra mal escrita en la descripción) no obligan a rectificar.
- Antes de enviar la factura, si aún no la has emitido, simplemente corrígela en el borrador. Una vez emitida (y, con Verifactu, registrada), ya no se puede tocar.
- Los descuentos que ya aparecen en la factura original no necesitan rectificativa.
Qué debe incluir una factura rectificativa
Tiene los mismos datos que cualquier factura (tus datos, los del cliente, descripción, base, IVA…) y, además:
| Dato adicional | Ejemplo |
|---|---|
| La mención «Factura rectificativa» | En la cabecera |
| Serie propia para las rectificativas | R-2027-0003 |
| Número y fecha de la factura que rectifica | Rectifica la factura 2027-0042 de 15/03/2027 |
| Motivo de la rectificación | Descuento por volumen concedido el 20/04/2027 |
| Datos rectificados | Los importes o datos que cambian |
Las dos formas de rectificar
| Por diferencias | Por sustitución | |
|---|---|---|
| Qué incluye | Solo la diferencia: importes en negativo (si bajan) o en positivo (si suben) | Una factura completa nueva con los datos correctos, que anula la original |
| Cuándo usarla | Descuentos, devoluciones parciales, errores de importe | Errores en los datos del cliente, tipo de IVA o menciones; cuando conviene que quede una factura limpia |
| Cómo se ve | Base −150 €, IVA −31,50 €… | Se indican los importes de la original anulada y los nuevos |
Rectificativas agrupadas
Si la rectificación afecta a varias facturas del mismo cliente (por ejemplo, un rappel anual por volumen), puedes hacer una sola rectificativa que las agrupe, identificando todas las facturas afectadas o el periodo.
Ejemplos con números
Caso 1: descuento posterior (por diferencias)
Laura emitió la factura 2027-0042 a Estudio Creativo SL: 1.500 € de base, 315 € de IVA, 225 € de retención; total 1.590 €. En abril acuerda un descuento del 10 % por el volumen de trabajo.
FACTURA RECTIFICATIVA R-2027-0001 · Rectifica la factura 2027-0042 de 15/03/2027 · Motivo: descuento del 10 % concedido el 20/04/2027
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Base imponible | −150,00 € |
| IVA 21 % | −31,50 € |
| Retención IRPF 15 % | +22,50 € |
| Total | −159,00 € |
Laura devuelve 159 € a su cliente (o se los descuenta de la siguiente factura).
Caso 2: IVA cobrado a un cliente de la UE (por sustitución)
Laura facturó 1.500 € con 21 % de IVA (total 1.815 €) a Muster GmbH, empresa alemana con NIF-IVA DE123456789 válido en el VIES. No debía llevar IVA: es una operación con inversión del sujeto pasivo.
FACTURA RECTIFICATIVA R-2027-0002 · Rectifica y sustituye la factura 2027-0051 · Motivo: aplicación indebida del IVA a operación con inversión del sujeto pasivo
| Factura original | Rectificativa (nueva) | |
|---|---|---|
| Base imponible | 1.500,00 € | 1.500,00 € |
| IVA | 315,00 € (21 %) | 0 € — «Inversión del sujeto pasivo» |
| Total | 1.815,00 € | 1.500,00 € |
Laura devuelve los 315 € de IVA al cliente, corrige su 303 y su modelo 349.
Caso 3: NIF del cliente equivocado (por sustitución)
Si el único error es el NIF o el nombre del cliente, se emite una rectificativa que sustituye a la original con los mismos importes y los datos correctos. No cambia nada en el IVA ni en el IRPF, pero el cliente necesita la factura correcta para deducirse el gasto.
Cómo se declara
En el IVA (modelo 303)
| Situación | Dónde se declara |
|---|---|
| La rectificativa reduce el IVA (descuento, devolución, IVA cobrado de más) | En el 303 del trimestre en que emites la rectificativa, restando del IVA repercutido. También puedes optar por rectificar el 303 del periodo original |
| La rectificativa aumenta el IVA por un cambio posterior del precio | En el 303 del trimestre en que emites la rectificativa |
| La rectificativa aumenta el IVA porque te equivocaste (tipo o importe inferior al correcto) | Hay que rectificar el 303 del periodo original, con el recargo e intereses que correspondan si ya pasó el plazo |
Para tu cliente: cuando recibe una rectificativa que reduce el IVA, debe restar ese IVA de su IVA soportado en el periodo en que la recibe.
En el IRPF
La rectificativa modifica tus ingresos del año en que se emite (o del año de la factura original, si es un error de importe que afecta a ese ejercicio). Revísalo en tu libro de ingresos y en el modelo 130 del trimestre. Si cambia la retención, el cliente también tendrá que ajustar su modelo 111.
Facturas impagadas: modificación de la base imponible
Si un cliente no te paga, en principio sigues debiendo el IVA que repercutiste. Pero puedes recuperarlo con una factura rectificativa por crédito incobrable si se cumplen los requisitos:
- Han pasado 6 meses (si facturas menos de 6 millones) o 1 año desde el devengo.
- El cliente es empresario o profesional (o, si es particular, la factura supera 50 € sin IVA).
- Has reclamado judicialmente la deuda o mediante requerimiento notarial.
- Emites la rectificativa en los 6 meses siguientes al fin de ese plazo y lo comunicas a Hacienda en el mes siguiente.
También se puede recuperar si el cliente entra en concurso de acreedores. Son procedimientos con plazos estrictos: consúltalos con tu asesor en cuanto veas que el cobro se complica.
Errores frecuentes
- Borrar la factura original o editar el PDF y volver a enviarlo con el mismo número.
- Usar la misma serie que las facturas normales para las rectificativas.
- No indicar la factura que se rectifica ni el motivo.
- Hacer una «factura negativa» sin la mención de rectificativa.
- Olvidar ajustar la retención de IRPF cuando cambia la base.
- Declarar en el trimestre actual un aumento de IVA que se debe a un error (va en el periodo original).
- No avisar al cliente: necesita la rectificativa para ajustar su IVA y su gasto.
- Dejar pasar los plazos de los créditos incobrables.
Preguntas frecuentes
¿Puedo anular una factura y hacer otra nueva con otro número? No sin más. La anulación se hace con una rectificativa (por sustitución o por el total en negativo), y después, si procede, una factura nueva. Así queda rastro de todo.
¿Cuánto tiempo tengo para rectificar? En cuanto detectes el error o se produzca la circunstancia (descuento, devolución), y como máximo en los 4 años siguientes al devengo de la operación.
¿Y si el error lo detecta el cliente? Te pedirá la rectificativa. Emitirla es tu obligación como emisor; el cliente no puede corregir tu factura.
¿Las facturas simplificadas (tickets) también se rectifican? Sí. Se emite una factura rectificativa, que puede ser simplificada si se cumplen los requisitos.
¿Qué cambia con Verifactu? Con Verifactu cada factura queda registrada al emitirla, así que la única forma de corregir es la rectificativa (o la anulación del registro en los casos previstos). Tu programa de facturación te lo gestionará.
El cliente me devuelve el producto un año después. ¿Qué hago? Emite la rectificativa cuando se produce la devolución y declárala en ese trimestre. No hace falta tocar el 303 del año anterior.
Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento de un profesional. Los requisitos de las facturas rectificativas y de la modificación de la base imponible pueden cambiar: comprueba siempre la información vigente en la web de la Agencia Tributaria antes de emitir una rectificativa. Última revisión: 28 de octubre de 2026.
