Si estás cobrando el paro y quieres montar tu propio negocio, puedes pedir al SEPE que te pague de golpe todo lo que te queda pendiente para invertirlo en tu actividad. Es la capitalización del paro o pago único, y para muchos nuevos autónomos es el dinero que les permite arrancar: comprar el equipo, pagar el local o cubrir las cuotas de los primeros meses.
Pero tiene un orden estricto: hay que pedirlo antes de darte de alta como autónomo. Si te das de alta primero, lo pierdes.
En resumen
- Qué es: cobrar en un solo pago (o en forma de cuotas pagadas) la prestación por desempleo que te queda.
- Requisito clave: estar cobrando el paro contributivo con al menos 3 meses pendientes y no haberlo capitalizado en los últimos 4 años.
- Orden: primero lo solicitas al SEPE y, después, te das de alta. Nunca al revés.
- Cuánto: hasta el 100 % de lo que te queda por cobrar.
- Para qué: inversión en tu negocio, pago de tus cuotas de autónomo, o una combinación de ambas.
- Compatible con la tarifa plana.
Requisitos para capitalizar el paro
Para pedir el pago único como autónomo tienes que cumplir todo esto (Infoautónomos):
- Estar cobrando la prestación contributiva por desempleo (el «paro» que generaste cotizando). Los subsidios asistenciales, como el de mayores de 52 años, no se pueden capitalizar.
- Tener al menos 3 meses de prestación pendientes de cobrar.
- No haber capitalizado el paro en los últimos 4 años.
- No haberte dado de alta todavía como autónomo ni haber empezado la actividad cuando lo solicitas.
- No tener un juicio pendiente por tu despido. Si lo recurriste, tendrás que esperar a que se resuelva para pedirlo.
- No haber compatibilizado el paro con trabajo como autónomo en los dos años anteriores.
- No ir a trabajar para tu antigua empresa ni para empresas vinculadas a ella, ni darte de alta como autónomo económicamente dependiente (TRADE).
El error que más gente comete es darse de alta en Hacienda o en la Seguridad Social antes de pedir el pago único. Si ya te has dado de alta, ya no puedes capitalizar el paro. Primero el SEPE, después el alta.
Las tres formas de capitalizar el paro
| Modalidad | Cómo funciona | Para quién |
|---|---|---|
| Pago único para inversión | Cobras hasta el 100 % de lo pendiente para invertirlo en tu negocio: equipos, herramientas, vehículo, reforma del local, mercancía inicial, aportación al capital de una sociedad… | Si necesitas comprar cosas para empezar |
| Subvención de cuotas | El SEPE te abona cada mes el importe de tu cuota de autónomo hasta agotar lo que te quedaba de paro | Si no necesitas invertir y quieres asegurarte la cuota durante meses |
| Combinación | Una parte para la inversión y el resto para pagar tus cuotas | La opción más habitual |
Importante: la modalidad que elijas no se puede cambiar después.
¿Qué conviene más?
- Si tu negocio necesita inversión (por ejemplo, una furgoneta y herramientas para un electricista), usa el pago único para lo que puedas justificar con facturas y deja el resto para cuotas.
- Si tu negocio apenas necesita inversión (un consultor, un diseñador con su propio ordenador), la subvención de cuotas te asegura no pagar la cuota durante muchos meses. Combinada con la tarifa plana de unos 89 € al mes, el dinero del paro puede cubrir tu cuota durante años.
- No pidas dinero para inversiones que no puedas justificar: tendrás que demostrar cada euro con facturas.
Cuánto puedes cobrar
El importe es, como máximo, lo que te queda pendiente de cobrar de tu prestación. Ten en cuenta que la cuantía del paro baja con el tiempo (el porcentaje sobre tu base reguladora es más alto los primeros 180 días), así que el SEPE calcula exactamente lo que corresponde a los meses que te faltan. Puedes consultarlo en tu área personal del SEPE antes de pedirlo.
Ejemplo
Marta cobra unos 1.150 € al mes de paro y le quedan 10 meses: le corresponden aproximadamente 11.500 €. Quiere abrir un estudio de fotografía:
| Destino | Importe | Qué cubre |
|---|---|---|
| Pago único para inversión | 6.000 € | Cámara, objetivos, iluminación y ordenador, con facturas |
| Subvención de cuotas | 5.500 € | Su cuota de autónomo: con la tarifa plana (unos 89 € al mes) y su prórroga, y después la cuota de su tramo, le cubre unos 3 años |
| Total | 11.500 € |
¿Tributa en el IRPF?
La prestación cobrada en pago único está exenta de IRPF, siempre que mantengas la actividad durante 5 años (artículo 7.n de la Ley del IRPF). Si dejas la actividad antes, perderás la exención y tendrás que declarar el importe en la Renta, con los intereses que correspondan.
¿Se puede combinar con la tarifa plana?
Sí. La capitalización del paro y la tarifa plana son compatibles: puedes pedir la subvención de cuotas y aplicarte la tarifa plana a la vez, de modo que el dinero del paro dure muchos más meses.
Cómo solicitarlo paso a paso
- Prepara tu proyecto. Una memoria sencilla de tu actividad (qué vas a hacer, dónde, qué necesitas) y presupuestos o facturas proforma de la inversión que quieres hacer.
- Solicítalo al SEPE antes de darte de alta: por su sede electrónica (con certificado digital o Cl@ve) o con cita previa en tu oficina. Indica la modalidad: pago único, cuotas o combinación.
- Espera la resolución. Según Infoautónomos, el SEPE puede tardar hasta 15 días hábiles en resolver y, si es favorable, abona el dinero el día 10 del mes siguiente a la notificación.
- Date de alta en Hacienda (modelo 036) y en la Seguridad Social, pidiendo la tarifa plana en ese momento. Te lo explicamos en cómo darse de alta como autónomo.
- Haz la inversión y justifícala. Tienes un mes desde que recibes el pago para iniciar la actividad e invertir. Presenta al SEPE el justificante de alta y las facturas de la inversión.
- Mantén la actividad. Si la dejas antes de tiempo o no justificas la inversión, el SEPE puede reclamarte la devolución, y perderás la exención fiscal si no llegas a los 5 años.
Documentación habitual
- Solicitud del pago único (formulario del SEPE).
- Memoria del proyecto de actividad.
- Presupuestos o facturas proforma de la inversión.
- Si vas a entrar en una sociedad o cooperativa: escritura o estatutos.
- Licencias o permisos, si tu actividad los necesita.
Errores frecuentes
- Darse de alta antes de pedirlo. Es el error definitivo: después ya no se puede capitalizar.
- Pedir dinero para inversión que no puedes justificar con facturas.
- Elegir la modalidad sin pensar y descubrir que no se puede cambiar.
- Olvidar pedir la tarifa plana en el alta, desaprovechando el dinero de las cuotas.
- Dejar la actividad antes de 5 años sin saber que pierdes la exención en el IRPF.
- Trabajar para tu antigua empresa como autónomo, algo que excluye el pago único.
Preguntas frecuentes
¿Puedo capitalizar el paro si me queda muy poco? Necesitas al menos 3 meses pendientes. Con menos, no es posible.
¿Puedo capitalizar el subsidio por desempleo? No. Solo se puede capitalizar la prestación contributiva.
¿Qué pasa si mi negocio no funciona? Si te das de baja, puedes perder la exención fiscal (si no llegas a 5 años) y, si no cumpliste lo que justificaste, el SEPE puede reclamarte parte del dinero. Pero no te obliga a devolverlo solo porque el negocio vaya mal, si justificaste la inversión y cumpliste las condiciones.
¿Puedo cobrar el paro y ser autónomo a la vez, sin capitalizarlo? En algunos casos existe la compatibilidad del paro con el inicio de una actividad por cuenta propia, con requisitos propios. Pregunta en tu oficina del SEPE si te conviene más que el pago único.
¿Puedo usar el pago único para montar una sociedad limitada? Sí, puedes destinarlo a la aportación de capital social de una SL o una cooperativa en la que vayas a trabajar. Mira si te compensa en autónomo o sociedad limitada.
¿Cuánto tarda en llegar el dinero? Según las guías, el SEPE resuelve en unos 15 días hábiles y abona el día 10 del mes siguiente. Calcula al menos un mes desde la solicitud.
Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento de un profesional ni la información oficial del SEPE. Última revisión: 26 de octubre de 2026.
