Si eres diseñador gráfico y trabajas por tu cuenta (para agencias, empresas, clientes extranjeros o particulares), esta guía reúne todo lo fiscal que necesitas: qué epígrafe elegir, cuándo cobrar IVA y retención, qué gastos te puedes deducir y cómo quedan los números a final de año.
En resumen
- Epígrafe del IAE: como profesional, grupo 399 de la sección segunda («Otros profesionales relacionados con otras industrias manufactureras»), según el criterio de Hacienda. Si haces diseño web, añade el 763 (programadores).
- IVA: 21 % a clientes en España; sin IVA a empresas de la UE (inversión del sujeto pasivo) y a clientes de fuera de la UE.
- Retención de IRPF: 15 % (7 % los tres primeros años) en las facturas a empresas y autónomos españoles.
- Modelo 130: no lo presentas si el año anterior al menos el 70 % de tus ingresos llevó retención.
- Gastos clave: software (Adobe, Figma), ordenador y tableta gráfica, tipografías y bancos de imágenes, formación, cuota de autónomos y, si trabajas en casa, parte de los suministros.
Alta: epígrafe, CNAE y cuota
Qué epígrafe del IAE elegir
La Dirección General de Tributos (consulta V0870-23, entre otras) ha aclarado cómo encajar el diseño:
| Actividad | Si la ejerces como profesional (persona física, sin estructura empresarial) | Si la ejerces como empresa (con organización de medios y personal) |
|---|---|---|
| Diseño gráfico | Sección 2.ª, grupo 399: Otros profesionales relacionados con otras industrias manufactureras | Sección 1.ª, epígrafe 843.9: Otros servicios técnicos |
| Diseño web | Sección 2.ª, grupo 763: Programadores y analistas de informática | Sección 1.ª, grupo 845 |
Para un diseñador autónomo que trabaja solo, lo habitual es el 399 de la sección segunda. Que sea un epígrafe «profesional» tiene consecuencias: tus facturas a empresas españolas llevan retención y no puedes acogerte a módulos.
Si también haces otras cosas, da de alta un epígrafe por cada actividad: por ejemplo, ilustración artística, venta de productos impresos (sección primera, comercio) o formación.
CNAE
En el alta de la Seguridad Social te pedirán el CNAE. Para diseño gráfico se suele usar el de actividades de diseño especializado. Revisa el código exacto en la clasificación vigente (CNAE-2025), porque algunos códigos han cambiado respecto a la versión de 2009.
Cuota de autónomos
Como cualquier autónomo, cotizas según tus rendimientos netos. Si empiezas, puedes pedir la tarifa plana (80 € al mes más el MEI durante los primeros 12 meses, ampliable). Lo explicamos en los artículos de cuota de autónomos y tarifa plana.
IVA y retenciones según el cliente
| Cliente | IVA | Retención IRPF | Mención en la factura | Modelos |
|---|---|---|---|---|
| Empresa o autónomo español | 21 % | 15 % (7 % si eres nuevo) | — | 303 (y tu cliente, 111) |
| Particular en España | 21 % | No | — | 303 |
| Empresa de la UE con NIF-IVA | No | No | «Inversión del sujeto pasivo» | 303 y 349 |
| Particular de la UE | 21 % (IVA español) | No | — | 303 |
| Empresa de fuera de la UE | No | No | «Operación no sujeta (art. 69 LIVA)» | 303 |
| Particular de fuera de la UE | Normalmente no (el diseño publicitario y la cesión de derechos están en el art. 69.Dos) | No | «Operación no sujeta (art. 69.Dos LIVA)» | 303 |
Si vendes productos digitales
Si además vendes plantillas, fuentes, mockups o recursos descargables en tu web, son servicios electrónicos: a particulares de la UE se aplica el IVA español hasta 10.000 € anuales, y por encima, el del país del cliente a través de la OSS. Si vendes a través de marketplaces (Creative Market, Envato, Etsy…), revisa si la plataforma actúa como vendedor a efectos de IVA.
Derechos de autor
Muchos trabajos de diseño incluyen la cesión de derechos de uso del logotipo o la ilustración. Fiscalmente, si los cedes tú como autor dentro de tu actividad, siguen siendo ingresos de tu actividad profesional, con IVA del 21 % y retención del 15 % a empresas españolas. Existen exenciones de IVA para ciertos colaboradores gráficos de periódicos y revistas: si es tu caso, consúltalo.
Gastos deducibles típicos de un diseñador
| Gasto | IRPF | IVA | Ojo con… |
|---|---|---|---|
| Adobe Creative Cloud, Figma, Canva Pro, Affinity | 100 % | Deducible; muchas facturan desde Irlanda sin IVA: lo autoliquidas en el 303 | Dar de alta tu NIF-IVA en la cuenta para recibir factura de empresa |
| Ordenador, monitor calibrado, tableta gráfica | Amortización al 26 % anual (o entero si ≤ 300 €) | 100 % en el trimestre de compra | Uso profesional |
| Tipografías y licencias de fuentes | 100 % (o se amortizan si son caras y de por vida) | Deducible | Factura a tu nombre |
| Bancos de imágenes y mockups (Shutterstock, Envato) | 100 % | Deducible o autoliquidado | Suscripción profesional |
| Impresora, papeles especiales, pruebas de color | 100 % | Deducible | — |
| Hosting, dominio y portfolio (Behance Pro, web propia) | 100 % | Deducible | — |
| Formación (cursos de UX, motion, tipografía; libros de diseño) | 100 % si está relacionada | Deducible si lleva IVA | Relación con tu actividad |
| Coworking o estudio | 100 % | Deducible | Retención del 19 % si es un alquiler puro |
| Trabajo desde casa | 30 % de la parte afecta de los suministros; parte proporcional del alquiler | Según criterio | Comunicarlo en el 036 |
| Móvil e internet | 100 % si son líneas exclusivas; proporción si son mixtas | Igual | — |
| Gestoría, seguro de responsabilidad civil | 100 % | Gestoría sí; seguro exento | — |
| Cuota de autónomos | 100 % | No lleva IVA | — |
| Comidas con clientes | Atenciones a clientes (límite del 1 %) | No | Factura y motivo |
| Ropa, gafas, gimnasio | No | No | Gastos personales |
Y si estás en estimación directa simplificada, añade el 5 % de gastos de difícil justificación (máximo 2.000 €).
Ejemplo anual: el año de Laura
Laura es diseñadora gráfica (grupo 399), lleva más de tres años de alta y tributa en estimación directa simplificada. Sus números de un año:
Ingresos
| Cliente | Base | IVA | Retención |
|---|---|---|---|
| Agencias y empresas españolas | 30.000 € | 6.300 € | 4.500 € (15 %) |
| Agencia alemana (inversión del sujeto pasivo) | 6.000 € | 0 € | — |
| Particulares en España | 4.000 € | 840 € | — |
| Total | 40.000 € | 7.140 € | 4.500 € |
Gastos y resultado
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Gastos deducibles (cuota de autónomos, software, gestoría, amortizaciones, formación, coworking) | 9.000 € |
| Rendimiento neto previo | 31.000 € |
| Gastos de difícil justificación (5 %) | 1.550 € |
| Rendimiento neto | 29.450 € |
| IRPF aproximado (escala general, soltera, sin hijos) | ~5.950 € |
| Ya retenido por sus clientes | −4.500 € |
| Renta: a pagar | ~1.450 € |
Sus obligaciones del año
| Modelo | ¿Lo presenta? | Por qué |
|---|---|---|
| 303 (IVA trimestral) | Sí | Cobra IVA. Ingresa unos 6.200 € al año (7.140 € repercutidos menos unos 900 € de IVA de sus gastos) |
| 390 (resumen de IVA) | Sí | En enero |
| 349 | Sí, en los trimestres con la agencia alemana | Operaciones intracomunitarias |
| 130 | No | El año anterior el 75 % de sus ingresos llevó retención |
| Renta | Sí | Entre abril y junio |
Le quedan limpios unos 25.000 € al año (unos 2.090 € al mes), después de gastos, cuota de autónomos e IRPF. Como no presenta el 130 y su Renta sale a pagar, le conviene apartar unos 120 € al mes para junio.
Preguntas frecuentes
¿Puedo darme de alta como diseñador en un epígrafe de la sección primera para no llevar retención? El epígrafe tiene que corresponder a cómo ejerces la actividad. Si trabajas solo, como profesional, Hacienda considera que te corresponde la sección segunda. Elegir otro solo para evitar la retención puede acabar en una regularización.
Soy ilustradora. ¿Es lo mismo? No exactamente. La ilustración artística puede encajar en epígrafes de artistas (sección tercera) o en el 399 si es ilustración por encargo para empresas. Consulta el artículo de epígrafes del IAE o a tu asesor.
Trabajo casi todo para agencias de fuera de España. ¿Qué cambia? No cobras IVA ni te retienen, así que tendrás que presentar el modelo 130 y, si son empresas de la UE, el 349. Date de alta en el ROI.
¿Puedo deducirme el iPad? Sí, si lo usas para trabajar (dibujo, presentaciones a clientes). Si también es de uso personal, la deducción es discutible. Lo más seguro es tener dispositivos separados.
¿Y si vendo prints o camisetas con mis diseños? Es una actividad de venta de bienes: necesitas dar de alta un epígrafe de comercio en la sección primera. Si las vendes a particulares de otros países de la UE, aplica el umbral de 10.000 € de ventas a distancia.
¿Me conviene pasar a una SL? Con beneficios moderados, normalmente no. A partir de unos 60.000–80.000 € de beneficio, puede compensar; lo analizamos en el artículo de autónomo o sociedad limitada.
Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento de un profesional. La clasificación en el IAE, los tipos de retención y los criterios de deducibilidad pueden cambiar y dependen de cada caso: comprueba siempre la información vigente en la web de la Agencia Tributaria. Última revisión: 28 de octubre de 2026.
