Programador freelance en España: impuestos, clientes extranjeros y cuota

Ser programador freelance desde España tiene una particularidad fiscal: muchos de tus clientes son extranjeros. Eso cambia casi todo respecto a un autónomo «típico»: facturas sin IVA, nadie te retiene IRPF, tienes que presentar declaraciones que otros no presentan y el dinero que cobras no está «limpio» hasta que apartas lo que le toca a Hacienda.

En resumen

  • Epígrafe: sección 2.ª, grupo 763 (programadores y analistas de informática), si trabajas como profesional.
  • Clientes españoles (empresas): 21 % de IVA y 15 % de retención (7 % los tres primeros años).
  • Empresas de la UE: sin IVA (inversión del sujeto pasivo) y sin retención. Necesitas estar en el ROI y presentar el 349.
  • Empresas de fuera de la UE (EE. UU., Reino Unido, Suiza…): sin IVA español (operación no sujeta) y sin retención.
  • Modelo 130: casi seguro que sí, porque con clientes extranjeros no llegas al 70 % de ingresos con retención.
  • Guarda dinero: como nadie te retiene, aparta cada mes entre un 20 % y un 30 % de lo que facturas para IRPF y cuota.

Alta como programador freelance: epígrafe, ROI y cuota

El alta tiene dos partes: la de Hacienda (modelo 036) y la de la Seguridad Social (RETA). Si vas a trabajar con empresas de otros países de la UE, hay un tercer paso que muchos programadores olvidan: el ROI.

Qué epígrafe del IAE elegir

SituaciónEpígrafeRetención en facturas a empresas españolas
Desarrollas software, webs o apps con tus conocimientos técnicos (lo habitual)Sección 2.ª, grupo 763 – Programadores y analistas de informáticaSí, 15 % (7 % los tres primeros años)
Actividad organizada como negocio, con estructura propia (por ejemplo, alojamiento o explotación de servicios informáticos)Sección 1.ª, por ejemplo grupo 845 – Explotación electrónica por cuenta de tercerosNo

La diferencia importa porque los epígrafes de la sección 2.ª son de actividades profesionales y llevan retención cuando facturas a empresas o autónomos españoles. Si dudas entre uno y otro, la clave es si lo que vendes es tu trabajo técnico personal (profesional) o un servicio organizado como empresa. Puedes darte de alta en varios epígrafes si haces las dos cosas.

El ROI: imprescindible si tienes clientes en la UE

El Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) te da un NIF-IVA válido en toda la UE (tu NIF con el prefijo ES). Sin él, tu cliente alemán o francés no puede comprobar tu número en el sistema VIES y, en la práctica, no podrás facturarle sin IVA. Se solicita en el propio modelo 036 y Hacienda puede tardar unas semanas en concederlo, así que pídelo antes de tu primera factura intracomunitaria.

El ROI también te sirve como comprador: si contratas herramientas a proveedores de la UE (por ejemplo, un hosting irlandés), te facturarán sin IVA y tú aplicarás la inversión del sujeto pasivo.

Cuota de autónomos

Como cualquier autónomo, cotizas según tus rendimientos netos reales:

  • Tarifa plana: 80 € al mes durante los primeros 12 meses si es tu primera alta (o llevas dos años sin estar de alta, tres si ya disfrutaste antes de ella). Puede prorrogarse otros 12 meses si tus rendimientos no superan el salario mínimo.
  • Después: la cuota va por tramos, aproximadamente desde unos 200 € hasta unos 600 € al mes en 2026. Un programador con unos rendimientos de 2.000-2.500 € netos al mes suele estar alrededor de los 350 €.
  • Eliges un tramo provisional al darte de alta y la Seguridad Social lo regulariza cuando Hacienda le pasa tus datos de la Renta.

Si facturas en dólares, recuerda que tu tramo se calcula con tus rendimientos convertidos a euros: una subida del dólar puede subirte de tramo.

Clientes extranjeros: IVA, retención y modelos

Los servicios de programación que prestas a una empresa se consideran realizados donde está esa empresa. Por eso, en función del país del cliente, tu factura cambia por completo.

ClienteIVA en la facturaRetención IRPFMención en la facturaDónde se declara
Empresa o autónomo español21 %15 % (7 % los tres primeros años)—303 y, para tu cliente, su 111
Empresa de otro país de la UE con NIF-IVA válidoSin IVANo«Inversión del sujeto pasivo»303 (casilla 59) y 349
Empresa de fuera de la UE (EE. UU., Reino Unido, Suiza…)Sin IVANo«Operación no sujeta a IVA por reglas de localización»303 (casilla 120)
Particular español21 %No—303
Particular de otro país de la UEDepende del servicio (ver nota)No—303 u OSS

Nota sobre particulares: si haces un desarrollo a medida para un particular de la UE, normalmente lleva IVA español. Si vendes un servicio electrónico automatizado (una plantilla descargable, una suscripción a tu SaaS, un curso grabado), se aplica el IVA del país del comprador a través del régimen OSS. Lo explicamos en IVA de productos digitales y cursos online: régimen OSS explicado.

Antes de facturar a una empresa de la UE

  1. Comprueba su NIF-IVA en VIES y guarda una captura con la fecha.
  2. Comprueba que tú también estás dado de alta en el ROI.
  3. Indica en la factura el NIF-IVA de ambos y la mención «Inversión del sujeto pasivo».

Clientes de EE. UU.: el formulario W-8BEN

Es habitual que una empresa estadounidense te pida el formulario W-8BEN. Sirve para acreditar que eres residente fiscal en España y que, por el convenio entre España y EE. UU., no deben retenerte impuestos en Estados Unidos. Rellénalo bien: si no lo entregas, el cliente o la plataforma puede retenerte hasta un 30 % en origen, y recuperar ese dinero es lento.

Consecuencia directa: casi seguro tendrás que presentar el 130

El modelo 130 (pago fraccionado del IRPF) no es obligatorio si al menos el 70 % de tus ingresos del año anterior tuvieron retención. Un programador con clientes extranjeros rara vez llega a ese porcentaje, porque las facturas a clientes de fuera de España no llevan retención. Lo más probable es que tengas que presentar el 130 cada trimestre: 20 % del rendimiento acumulado menos las retenciones que te hayan practicado.

Calendario de modelos de un programador con clientes internacionales

ModeloQué esCuándo
303IVA trimestral1-20 de abril, julio y octubre; 1-30 de enero
130Pago fraccionado de IRPFMismos plazos que el 303
349Operaciones intracomunitarias (solo si tienes clientes o proveedores de la UE)Trimestral, mismos plazos (mensual si superas 50.000 € por trimestre)
390Resumen anual de IVA1-30 de enero
100Declaración de la RentaAbril-junio
720Bienes en el extranjero (solo si tus cuentas fuera de España superan 50.000 €)1 de enero-31 de marzo

Plataformas, cobros en otras monedas y gastos típicos

Si trabajas a través de plataformas (Upwork, Toptal, Fiverr, Deel…)

Lo primero es saber quién es tu cliente a efectos fiscales, porque a esa persona o empresa es a quien facturas:

  • Upwork o Fiverr: el cliente suele ser la empresa que te contrata a través de la plataforma. La plataforma, por su parte, te cobra una comisión: es un servicio que tú recibes de una empresa extranjera.
  • Toptal o Deel como intermediario de pago: depende del contrato. A veces facturas a la plataforma y a veces al cliente final. Lee las condiciones y factura a quien figure como destinatario de tus servicios.

Las comisiones de plataformas extranjeras son gasto deducible, pero tienen un trámite en el IVA: como te presta el servicio una empresa de fuera de España, aplicas la inversión del sujeto pasivo. Declaras tú el IVA de esa comisión en el 303 como repercutido y, a la vez, como soportado. El efecto neto es cero, pero hay que declararlo.

Facturar y cobrar en dólares

  • Puedes emitir la factura en dólares, libras o cualquier otra moneda. Lo único que la ley exige en moneda extranjera es que, si la factura lleva IVA, la cuota se exprese también en euros.
  • Para tu contabilidad, convierte cada factura a euros con el tipo de cambio de la fecha en que se devenga (la de la factura o la de la prestación). Lo habitual es usar el tipo de cambio de referencia del Banco Central Europeo de ese día.
  • Si cuando cobras el dólar ha cambiado, la diferencia de cambio (positiva o negativa) también tiene efecto fiscal. Apúntala o pide a tu asesor que la registre.
  • Las comisiones de Wise, Revolut, PayPal o Stripe son gasto deducible: descarga sus extractos o facturas.

Cuentas fuera de España: si cobras en una cuenta con IBAN extranjero (por ejemplo, una cuenta de Wise con IBAN belga) y el saldo conjunto en el extranjero supera los 50.000 € a 31 de diciembre o de media en el último trimestre, tendrás que presentar el modelo 720. Si cobras en criptomonedas, el ingreso se valora en euros en el momento del cobro y, si las tienes en plataformas extranjeras por encima de 50.000 €, se declaran en el modelo 721.

Gastos típicos de un programador freelance

Gasto¿Deducible?Detalle
Ordenador, monitores, periféricosSíSi cuestan más de 300 €, se amortizan (hasta un 26 % anual en la tabla simplificada para equipos informáticos)
Licencias y suscripciones (IDE, GitHub, Copilot, Figma…)SíSi el proveedor es extranjero y te factura sin IVA, aplicas inversión del sujeto pasivo
Servidores, cloud, dominios (AWS, Vercel, Hetzner…)SíMismo tratamiento si son proveedores de la UE o de fuera
CoworkingSíCon factura a tu nombre y NIF
Internet y luz trabajando desde casaEn parteProporcionalmente; ver Trabajar desde casa como autónomo
MóvilEn partePor el uso profesional que puedas justificar
Formación, libros técnicos, conferenciasSíSi están relacionados con tu actividad
Cuota de autónomosSíCompleta, en el IRPF
Seguro de salud privadoSí, hasta 500 € por personaIncluye cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan
Ropa, gimnasio, consola «para probar juegos»Normalmente noSalvo relación directa y demostrable con la actividad

Ejemplo anual con números: Raúl, programador con clientes en España y EE. UU.

Raúl lleva cuatro años como autónomo, está en estimación directa simplificada y vive solo, sin hijos. Este año ha facturado:

  • 21.000 € a dos empresas españolas: con 21 % de IVA (4.410 €) y 15 % de retención (3.150 €).
  • 14.000 € a una startup de EE. UU.: sin IVA y sin retención.

Sus gastos son 8.000 €: unos 4.200 € de cuota de autónomos (unos 350 € al mes) y 3.800 € de equipo, software, coworking e internet, con 798 € de IVA soportado.

IRPF

ConceptoImporte
Ingresos35.000 €
Gastos deducibles− 8.000 €
Rendimiento neto previo27.000 €
5 % gastos de difícil justificación (máx. 2.000 €)− 1.350 €
Rendimiento neto25.650 €
Cuota de IRPF aproximada (escala general, mínimo personal de 5.550 €)≈ 4.806 €

Ahora veamos lo que Raúl ya ha pagado a cuenta durante el año:

Pagos a cuentaImporte
Retenciones de sus clientes españoles3.150 €
Modelos 130 (20 % × 27.000 € − 3.150 € de retenciones)2.250 €
Total pagado a cuenta5.400 €
Resultado de la Renta≈ 594 € a devolver

Si Raúl no hubiera presentado el 130, solo tendría 3.150 € de retenciones y en la Renta le saldría a pagar unos 1.656 €, además de los recargos por no haber presentado los pagos fraccionados.

IVA

ConceptoImporte
IVA repercutido (solo facturas españolas)4.410 €
IVA soportado deducible− 798 €
IVA ingresado en el año (suma de los 303)3.612 €

Las facturas a EE. UU. no generan IVA, pero no impiden deducir el IVA de sus gastos: como son operaciones no sujetas por localización, dan derecho a deducción igual que las que sí lo llevan. Las declara en la casilla 120 del 303.

Lo que le queda a Raúl

ConceptoImporte
Facturación sin IVA35.000 €
Gastos de la actividad (sin cuota)− 3.800 €
Cuota de autónomos− 4.200 €
IRPF del año− 4.806 €
Neto anual≈ 22.194 € (unos 1.850 € al mes)

Variante con un cliente de la UE: si esos 14.000 € los hubiera facturado a una empresa alemana, los números de IRPF e IVA serían los mismos. Lo que cambia es el papeleo: necesitaría el ROI, la mención «Inversión del sujeto pasivo» en la factura, la casilla 59 del 303 y presentar el modelo 349 en los trimestres en que facture.

Los cálculos de IRPF usan la escala general combinada (estatal + autonómica media); la cuota exacta varía según tu comunidad autónoma.

Riesgos: falso autónomo y TRADE

Falso autónomo

En programación es frecuente que una empresa contrate a un «freelance» que en realidad trabaja como un empleado más: horario fijo, jefe que le asigna tareas, portátil y cuentas de la empresa, vacaciones que hay que pedir y un único cliente. Si la Inspección de Trabajo lo considera una relación laboral encubierta, la empresa tendrá que darte de alta en el Régimen General y pagar las cotizaciones atrasadas con recargos.

Señales de alerta:

  • Trabajas en exclusiva para una empresa española y con su horario.
  • Usas sus medios (equipo, cuentas, oficina) y no los tuyos.
  • No negocias precio ni asumes ningún riesgo: cobras lo mismo cada mes pase lo que pase.

Si te ofrecen este tipo de colaboración, valora si te conviene más un contrato laboral: no pagarías la cuota, tendrías paro y vacaciones pagadas.

TRADE: autónomo económicamente dependiente

Si al menos el 75 % de tus ingresos viene de un solo cliente, puedes ser TRADE, una figura legal (no un fraude) con algunos derechos extra: contrato por escrito registrado en el SEPE, 18 días hábiles de descanso al año e indemnización si el cliente rompe el contrato sin causa justificada. Debes comunicar al cliente que eres TRADE. Es una figura pensada para relaciones con clientes españoles; con clientes extranjeros es poco habitual.

Errores frecuentes

  1. Facturar sin IVA a una empresa de la UE sin estar en el ROI. Hacienda puede exigirte el 21 % que no cobraste.
  2. No presentar el 130 porque «mis clientes ya me retienen». Los clientes extranjeros no retienen y probablemente no llegas al 70 %.
  3. Gastarse todo lo que cobras de fuera. Ese dinero no tiene IRPF descontado: aparta una parte cada mes.
  4. No declarar la inversión del sujeto pasivo de las comisiones de plataformas o del software de proveedores extranjeros.
  5. Olvidar el W-8BEN con clientes de EE. UU. y sufrir retenciones en origen.
  6. Convertir los dólares con el tipo de cambio que «te parece». Usa un criterio fijo y documentado, como el del BCE.

Preguntas frecuentes

¿Puedo emitir las facturas en inglés? Sí. La factura puede estar en cualquier idioma, pero Hacienda puede pedirte una traducción al castellano si te revisa. Muchos programadores usan facturas bilingües.

¿Y si mi cliente está en Canarias, Ceuta o Melilla? Esos territorios están fuera del ámbito del IVA. Si el cliente es una empresa, la factura va sin IVA, pero sí lleva retención de IRPF, porque el IRPF es el mismo en toda España.

¿Me conviene montar una sociedad? Suele empezar a compensar a partir de unos 40.000-60.000 € de beneficio, cuando el IRPF marginal supera claramente el tipo del Impuesto sobre Sociedades. Por debajo, los costes y obligaciones extra de la SL no suelen salir a cuenta.

¿Tengo que pagar impuestos en EE. UU. si mi cliente es estadounidense? No, si eres residente fiscal en España, no tienes establecimiento allí y entregas el W-8BEN. Tributas por todo en España.

¿Y si me voy a vivir a otro país y sigo trabajando para los mismos clientes? Lo que manda es tu residencia fiscal: si pasas más de 183 días al año en España o aquí está el centro de tus intereses, sigues tributando en España. Antes de mudarte, consúltalo con un asesor.

¿Puedo aplicarme la retención reducida del 7 %? Sí, el año del alta y los dos siguientes, si no has ejercido una actividad profesional en el año anterior al alta. Solo afecta a tus facturas a clientes españoles.


Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento de un profesional. Las cuotas de autónomos, los tipos de retención, los límites de los modelos 720 y 721 y los criterios sobre epígrafes pueden cambiar: comprueba siempre la información vigente en la web de la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social, o consulta con tu asesor antes de tomar decisiones. Última revisión: 28 de octubre de 2026.

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